Por: Dr. Roberto Rondón Morales
En 1918, la Revolución de Córdoba creó una “República Universitaria” con profesores, estudiantes y egresados competentes para elegir autoridades y cogobierno. Hubo el primer asomo autonómico en la Ley de Educación de 1940, que permitió que los profesores eligieran una lista, sin orden de preferencia, para que el gobierno nacional designara las autoridades universitarias. Esto fue derogado en la Ley de Educación de 1943.
En 1946, la Junta de Gobierno emitió el Estatuto de las Universidades Nacionales con atributos autonómicos, pero el Ejecutivo Nacional se reservó el nombramiento de las autoridades. La Ley Orgánica de Educación aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1948, determinó en el artículo 16 del Capítulo VIII referido a la Educación Superior, que las Autoridades Universitarias serían designadas por el Ejecutivo Nacional. En la Ley de Universidades de 1953, promulgada por el dictador Marcos Pérez Jiménez, el subsistema universitario era dirigido totalmente por el Ejecutivo Nacional.
Hay referencias sobre presiones al Presidente de la Junta de Gobierno Dr. Edgar Sanabria, para no promulgar la Ley de Universidades en diciembre de 1958, plenamente autonómica. Profesores, redactores del Proyecto de Ley como Francisco De Venanzi, Jesús María Bianco, Foción Febres Cordero, Humberto García Arocha, Ernesto Mayz Vallenilla comprometieron al Presidente para su promulgación. Los partidos políticos se sumaron a esta prerrogativa para la Universidad, como reconocimiento a unas instituciones, cuyos integrantes sufrieron persecuciones, encarcelamientos, exilio por la dictadura, y que deseaban que esta situación no volviera a ocurrir.
La autonomía universitaria se desarrolló durante años, entre otras razones, para mantener al gobierno alejado de todas las funciones menos la provisión de financiamiento. “Sería libre para fijar sus funciones, prioridades, organización, en oposición a la política pública universitaria”. “Esta negativa frente a la existencia de políticas públicas en educación superior persiste entre académicos y estudiantes”, a pesar de realidades en contrario, que no se han valorado suficientemente en la oportunidad de su ocurrencia.
LA PRIMERA ARREMETIDA CONTRA LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
Un problema agudamente planteado por la Universidad autónoma desde el principio en su relación externa, fue la politización. Una universidad militante, comprometida no sólo con los esfuerzos del desarrollo académico, sino como vanguardia de la transformación social, y quizás de la liberación nacional, tal como fue el mensaje de Córdoba. Esto explica su relación con los partidos políticos, grupos de presión y con fragmentos de fuerzas sociales que participan en la liberación de la sociedad. Esto no es aceptado por toda la comunidad ya que hay profesores, estudiantes y trabajadores ricos, y también pobres que son los principales cuestionadores de la sociedad. Por ello, miembros de la Universidad participaron en movilizaciones callejeras en medio de una crisis política, social y económica, que incluyó la subversión armada en los 1960, de cuya protección fue acusada la Universidad. Esta situación representó un inconveniente para los empresarios, iglesia, fuerzas armadas, sindicatos y gobierno que criticaron este modelo de Universidad, también su falta de respuesta a las necesidades nacionales, a la masificación estudiantil y por su anticuada y rígida organización estructural y académica.
Esta complejidad de los hechos, llevó al segundo allanamiento de la UCV y a la destitución de sus autoridades, y quizás más trascendente, a una reforma de la Ley de Universidades de 1958, para limitar la autonomía universitaria.
En el Estatuto de Universidades de 1946, y existiendo sólo dos universidades, UCV y ULA se creó el Consejo Nacional de Universidades. Su sola actuación diluye entre sus miembros la autonomía particular de cada Universidad. A esto, hay que agregar lo siguiente: En la Ley de Universidades de 1958, su conformación era: Ministro de Educación, Presidente; los Rectores de las Universidades Nacionales, Rectores de las Universidades Privadas, un Decano por cada Universidad Nacional o Privada, un delegado estudiantil por cada universidad Nacional o Privada.
1.- En la reforma de 1970, se cambió su composición: Ministro de Educación, Rectores de las Universidades Nacionales no Experimentales (llamo la atención sobre su designación de UNIVERSIDADES NACIONALES NO EXPERIMENTALES EN LUGAR DE AUTÓNOMAS, o NACIONALES SIMPLEMENTE), Universidades privadas y Universidades Nacionales Experimentales (APARECE ESTE OTRO TIPO DE UNIVERSIDAD PUBLICA), TRES REPRESENTANTES DE PROFESORES, uno por cada tipo de Universidad, tres representantes estudiantiles, uno por cada tipo de Universidad, REPRESENTANTES DEL CONGRESO NACIONAL Y CONICIT. Esto implicó dispersión mayor de la autonomía de cada Universidad y control de sus decisiones por sus pares, también por distintos a la esencia de cada una.
2.- El Consejo Nacional de Universidades en la ley de 1958 tenía siete atribuciones, en la de 1970, asumió veinte atribuciones, OBVIAMENTE TRANSFERIDAS DESDE ATRIBUCIONES DE LAS UNIVERSIDADES, entre las cuales, la mayoría, trastocan la autonomía de cada Universidad Nacional:
Las universidades deben presentar al CNU presupuestos sujetos a límites de ingresos, posteriormente a cuotas presupuestarias dentro de las cuales deben elaborar su presupuesto anual. El CNU propone al Ejecutivo Nacional el monto que ha de presentar a consideración del Congreso Nacional. Velará por la correcta ejecución de los presupuestos universitarios. Velará por el cumplimiento en las Universidades de las Disposiciones de la Ley y Resoluciones del Ejecutivo. Conocerá en última instancia las infracciones a la ley. Conocerá y resolverá en última instancia los procesos disciplinarios contra miembros integrantes del Consejo Universitario. Declarará en reorganización a las Universidades y designará autoridades interinas. Convocará elecciones en caso que no se haya hecho en la Universidad. Designará los miembros del Consejo de Apelaciones creado en la Ley de 1970. El CNU podrá asumir el gobierno de Facultades cuando haya peligro contra el normal funcionamiento. La creación o supresión de Facultades, Escuelas, Institutos y Carreras serán autorizadas por el CNU, previo el estudio de Comisiones Técnicas designadas por ese organismo y coordinadas por la Secretaría Permanente o la OPSU, donde se imponen sus criterios y no los autónomos de la Universidad.
3.- Se creó la Oficina de Planificación del Sector Universitario, cuyo director lo designará el Ejecutivo Nacional. Calculará las necesidades de profesionales, las alternativas de magnitud y especialización de las Universidades, los modelos de organización; asesorará en la elaboración del presupuesto según instructivos y cuotas asignadas. A partir de 2000, es un órgano interventor.
4.- Se crearon los Vice Rectorados Académico y Administrativo para diluir las atribuciones autonómicas del Rector en la academia y en la administración de recursos financieros.
5.- Los profesores, estudiantes y egresados que no concurran a las elecciones, y no lo justifiquen, se sancionarán con suspensiones de salarios, estudios o representaciones.
6.- Todas las Universidades que se crearon a partir de 1970 son Nacionales Experimentales, regidas por un Decreto del Gobierno Nacional, quien designa las Autoridades Universitarias y los funcionarios.
LA SEGUNDA ANDANADA CONTRA LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
La masificación que tocó las puertas de la Universidad no obedeció a requerimientos de la economía, del mercado o de cálculos de demanda planificados por órganos públicos, por lo que se consideró que los fines de la educación superior en cierto sentido, seguían siendo una herencia del régimen cultural oligárquico, ahora justificada para la promoción social de distintos grupos nacionales.
Los gobiernos plantearon la creación de un Subsistema de Educación Superior mediante proyectos de Leyes de Educación Superior para no duplicar esfuerzos, el uso eficiente de recursos, la coordinación interinstitucional, para la formación en los tres niveles de educación superior: técnicos, licenciados y postgraduados en una organización regionalizada, con competencias integradas. No obstante, los gobiernos señalan haber encontrado un muro infranqueable con resistencias materiales y simbólicas relacionadas con la noción de autonomía. Por esta falta de integración del subsector de educación superior, resultó un complejo subsector educativo descoordinado y desorganizado, conformado en los años 1980 por cinco Universidades Nacionales Autónomas, quince Universidades Nacionales Experimentales, doce Universidades Privadas, diez y nueve Institutos Universitarios Tecnológicos públicos y seis Privados; cinco Institutos Universitarios Politécnicos públicos y uno Privado, seis Institutos Pedagógicos públicos y uno privado, siete Colegios Universitarios públicos y seis privados, Institutos Eclesiásticos y Militares. Todos los públicos entonces compiten el presupuesto fiscal, la modernización de la planta física, la renovación del equipo, la dotación de insumos, la formación de personal, salarios y seguridad social, lo que cada vez se hacía más crítico, lesivo de la autonomía universitaria, hasta llegar a una situación rayana con la crisis humanitaria y el cierre de la universidad nacional en estos momentos.
LA TERCERA FORMA DE DISMINUIR LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
Las Universidades estimularon la creación de los gremios universitarios como parte del parasistema universitario. Firmaron Convenciones de Trabajo con las Asociaciones de Empleados Universitarios, que en un principio integraban a los obreros, que luego constituyeron su sindicato separado y su Convención de Trabajo. En el caso de los profesores, por formar parte de la comunidad universitaria, se creyó conveniente no firmar Convenciones de Trabajo sino Resoluciones del Consejo Universitario que regulaban las condiciones de trabajo.
Las Asociaciones de Profesores Universitarios adoptaron una estrategia que consistió en hacer hincapié en la solicitud de determinados bonos y beneficios distintos en cada Universidad, que en el curso del cumplimiento de cada convención, solicitaban su homologación, creando dificultades en el manejo de las relaciones laborales con los profesores y deudas imprevistas. Esto se complementó con el hecho de que las Universidades, por las características de las discusiones individualizadas de sus Resoluciones, no tenían los mismos salarios, bonos y beneficios, que en algunos casos resultaban atractivos en algunas instituciones y lograban la migración de profesores universitarios de alto nivel, o que recién regresaban de formación en exterior.
Al mismo tiempo, según el ministro Rafael Hernández Heres debido a la gran masa de instituciones, profesores y trabajadores así como de recursos financieros, recomendó al Presidente Luis Herrera decretar la homologación y la isonomía del personal universitario, con el añadido de compensaciones por el aumento de la inflación. Esto fue luego adoptado para el caso de empleados y obreros, lo que insensiblemente produjo una lesión a la autonomía administrativa y económica financiera que pasó desapercibida. Esta situación se fue agravando en la medida que la inflación carcomía los aumentos del presupuesto universitario que iban preferentemente para pagos de personal, con una disminución progresiva de la adquisición y mantenimiento del patrimonio técnico científico, con tendencia a deteriorarse y convertirse en chatarra. En esa ocasión, se logró asignar cuotas fijas del presupuesto para investigación y bibliotecas, lo que no se sostuvo.
LA CUARTA MODALIDAD DE DETERIORO DE LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
La carrera de las políticas públicas en educación superior ha venido ganando terreno en Venezuela mediante:
1.- El planteamiento de la recuperación de costos en las universidades públicas y castigo a los mediocres, que llevará al fin de la homologación y la isonomía.
2.- El financiamiento fiscal sujeto a compromisos y resultados
3.- Los sistemas de evaluación para mejorar la calidad, la rendición de cuentas y resultados, la trasparencia de la oferta educativa
4.- El fortalecimiento de la educación técnica y tecnológica
5.- La expansión de la oferta privada
6.- El estímulo a la diversidad de perfiles institucionales, tipos de postgrados y ofertas a poblaciones en desventaja.
7.- La reciprocidad y reconocimiento externo para académicos productivos
En este sentido, a principios de 1990, se hizo impostergable hacer atractiva la carrera de investigador, y se pensó desde el CONICIT que una bonificación meritoria y de acuerdo al nivel de experiencia, debía ir directamente a los investigadores productivos en Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo. Después de consultas, se estableció el Programa de Promoción al Investigador, que se materializó con la creación de la Fundación Venezolana de Promoción del Investigador. Los investigadores recibían una asignación en efectivo como premio a su trabajo según la categoría de clasificación: Candidato, Nivel I, Nivel II, Nivel III, Emérito. Se exigía un grado de Maestría o Doctorado, dedicación completa a la investigación en institución pública o privada, productividad reciente, publicada en revistas arbitradas. Había otro Programa de Estímulo al Investigador – PEI. Otro golpe insensible a la autonomía universitaria.
LA QUINTA MODALIDAD DE LESION A LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
Controversias electorales sobre los requisitos para ser Rector o Decano; la solicitud sin derecho, de incorporarse al listado de electores por jubilados e instructores en elecciones de Decanos; la distinta interpretación sobre los cómputos de los votos para la elección de Vice Rectores Académico y Administrativo han terminado en la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, con obvia lesión a la autonomía administrativa.
LA SEXTA Y ULTIMA VIA DE ATROPELLO A LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA
La suspensión sine die de las elecciones universitarias por el Tribunal Supremo de Justicia, la contratación universitaria única sin considerar a las Universidades ni a los gremios universitarios, la solicitud de autorización a la OPSU para cubrir vacantes universitarias, el pago de la nómina por el sistema patria favorecerá el control del personal, sin descuentos ni aportes institucionales que ahogarán económicamente a los gremios y sus entes previsionales; el fin de los aportes a los sistemas de salud de profesores y trabajadores y la imposición del inexistente SISMEU, y para mantenimiento de las plantas físicas y zonas verdes por Venezuela Bella, cerrarán el capítulo de la autonomía universitaria plena en Venezuela, sin dejar de mencionar la figura ahora puesta en marcha de los Protectores de la Universidad.
El único y último resquicio que aparentemente ha sobrevivido es la renovación de la dirigencia universitaria por la Universidad, su Ley y Reglamentos, eludido en espera del cese del gobierno nacional, que será en 2024 y del auxilio de organismos internacionales. La solución es nuestra. Requerimos una dirigencia universitaria joven, que amplíe la autonomía a un criterio autopoyético, de renovación, nuevo entusiasmo, convocatoria y que abandone la autolisis actual. No es la solución definitiva, pero abre caminos.
El Parlamento actual no restablecerá la autonomía plena. Pocos, ausentes y migrantes somos innecesarios. Treinta y dos Universidades Nacionales Experimentales y Territoriales satisfacen las necesidades del gobierno nacional, y treinta y una Universidades privadas satisfacen las necesidades del sector privado y empresarial. Ojalá que esto sea sólo mi pesadilla, porque como lo afirmó Manuel Caballero, con despertar se termina. Así, no hacen falta sacrificios para salir de esta pesadilla. Se trata entonces sólo de esperar.
Dr. Roberto Rondón Morales
Abril 2021
Fuente de la imagen de fondo: https://www.termometronacional.com/noticias/violacion-de-la-autonomia-universitaria-en-venezuela/
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