Por: Dr. Roberto Rondón Morales

En 1918,  la Revolución de Córdoba   creó una “República Universitaria”  con profesores, estudiantes y egresados   competentes para elegir autoridades y cogobierno.  Hubo el primer  asomo autonómico  en la Ley de Educación  de 1940,  que permitió  que los profesores    eligieran     una lista,  sin orden  de preferencia, para que el gobierno nacional designara las autoridades universitarias. Esto fue derogado en la Ley de Educación de 1943.

En 1946, la Junta de Gobierno   emitió el Estatuto de las Universidades Nacionales con atributos autonómicos, pero el Ejecutivo Nacional  se  reservó el nombramiento de las autoridades. La Ley Orgánica de Educación aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente en 1948, determinó   en el artículo 16 del Capítulo   VIII referido a la Educación Superior, que las Autoridades Universitarias  serían  designadas    por el Ejecutivo  Nacional.   En la   Ley de Universidades de 1953, promulgada por el dictador Marcos Pérez Jiménez, el subsistema universitario era dirigido totalmente por el Ejecutivo Nacional.

Hay referencias  sobre presiones   al Presidente  de la Junta de Gobierno Dr. Edgar Sanabria, para  no promulgar la Ley de Universidades en diciembre de 1958,  plenamente  autonómica.  Profesores,  redactores  del Proyecto  de Ley como Francisco De Venanzi, Jesús María Bianco, Foción Febres Cordero, Humberto   García   Arocha,   Ernesto   Mayz   Vallenilla   comprometieron   al Presidente para  su promulgación.    Los partidos políticos se sumaron a esta prerrogativa  para la Universidad,  como reconocimiento a  unas instituciones, cuyos integrantes    sufrieron persecuciones,  encarcelamientos,  exilio   por la dictadura, y que deseaban que esta situación  no volviera a ocurrir.

La autonomía universitaria se desarrolló  durante  años, entre otras razones, para mantener al gobierno alejado de todas las funciones menos  la provisión de financiamiento.    “Sería libre para fijar sus funciones, prioridades, organización, en oposición a la política pública universitaria”.   “Esta negativa frente a la existencia de políticas públicas en educación superior persiste entre académicos y estudiantes”, a pesar de  realidades en contrario, que no se han valorado suficientemente en la oportunidad de su ocurrencia.

LA PRIMERA ARREMETIDA CONTRA LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

Un problema  agudamente planteado por la Universidad autónoma desde el principio en su relación externa,  fue la politización. Una universidad militante, comprometida no sólo con los esfuerzos del desarrollo académico,  sino como vanguardia de la transformación social, y quizás de la liberación nacional, tal como fue el mensaje de Córdoba. Esto explica su relación   con los partidos políticos,  grupos  de  presión  y  con  fragmentos  de    fuerzas  sociales  que participan  en la liberación  de la sociedad. Esto no es aceptado por toda la comunidad ya que hay profesores, estudiantes y trabajadores ricos, y también pobres que son los principales cuestionadores de la sociedad. Por ello, miembros  de la   Universidad  participaron  en movilizaciones  callejeras    en medio de una crisis política,  social y económica,  que incluyó  la subversión armada  en los 1960,  de cuya protección  fue acusada  la Universidad.   Esta situación   representó un inconveniente para los empresarios, iglesia, fuerzas armadas, sindicatos y   gobierno que criticaron este modelo de Universidad, también su falta de respuesta a las necesidades nacionales, a la masificación estudiantil y por   su anticuada y rígida organización estructural y académica.

Esta complejidad  de los hechos, llevó al segundo  allanamiento de la UCV y a la destitución de sus autoridades, y quizás más trascendente,   a una reforma de  la Ley de Universidades de 1958, para  limitar la autonomía universitaria.

En el Estatuto de Universidades de 1946, y existiendo sólo dos universidades, UCV y ULA se creó el Consejo Nacional de Universidades.  Su sola actuación diluye entre sus miembros  la autonomía  particular  de cada Universidad.  A esto, hay que agregar lo siguiente: En la   Ley de Universidades de 1958, su conformación   era: Ministro de Educación,  Presidente;   los Rectores  de las Universidades Nacionales, Rectores de las Universidades Privadas, un Decano por cada Universidad  Nacional  o Privada,  un delegado  estudiantil  por cada universidad Nacional o Privada.

1.- En la reforma de 1970, se cambió su composición: Ministro de Educación, Rectores   de  las  Universidades   Nacionales   no  Experimentales   (llamo  la atención sobre su designación de UNIVERSIDADES NACIONALES NO EXPERIMENTALES   EN  LUGAR   DE  AUTÓNOMAS,   o  NACIONALES SIMPLEMENTE),       Universidades   privadas   y      Universidades   Nacionales Experimentales (APARECE ESTE OTRO TIPO DE UNIVERSIDAD PUBLICA), TRES REPRESENTANTES  DE PROFESORES, uno por cada tipo de Universidad,   tres representantes estudiantiles, uno por cada tipo de Universidad, REPRESENTANTES DEL CONGRESO NACIONAL Y CONICIT. Esto implicó dispersión   mayor  de la autonomía  de cada Universidad  y   control  de sus decisiones por sus pares,   también por distintos a la esencia de cada una.

2.- El Consejo Nacional de Universidades   en la ley de 1958   tenía siete atribuciones, en la de 1970, asumió   veinte atribuciones, OBVIAMENTE TRANSFERIDAS   DESDE ATRIBUCIONES DE LAS UNIVERSIDADES, entre las cuales, la mayoría, trastocan la autonomía de cada Universidad Nacional:

Las universidades deben presentar al CNU presupuestos sujetos a límites de ingresos, posteriormente a cuotas presupuestarias dentro de las cuales deben elaborar su presupuesto anual. El CNU  propone al Ejecutivo Nacional el monto que ha de presentar  a consideración   del Congreso  Nacional. Velará por la correcta ejecución de los presupuestos universitarios. Velará por el cumplimiento en las Universidades de las Disposiciones    de la Ley y Resoluciones del Ejecutivo. Conocerá en última instancia  las infracciones a la ley. Conocerá y resolverá  en última instancia los procesos disciplinarios contra miembros integrantes del Consejo Universitario. Declarará en reorganización a las Universidades y designará autoridades interinas.   Convocará elecciones en caso que no se haya hecho en la Universidad.  Designará los miembros del Consejo de Apelaciones creado en la Ley de 1970. El CNU podrá   asumir el gobierno de Facultades cuando haya peligro contra el normal funcionamiento. La creación o supresión de Facultades, Escuelas, Institutos y Carreras  serán autorizadas por el CNU, previo el estudio de Comisiones Técnicas designadas por ese organismo y coordinadas por la Secretaría Permanente o la OPSU, donde se imponen sus criterios y no los autónomos de la Universidad.

3.- Se creó la Oficina  de Planificación del Sector Universitario, cuyo director lo designará el Ejecutivo Nacional. Calculará las necesidades de profesionales, las  alternativas   de  magnitud  y  especialización   de  las  Universidades,   los modelos de organización; asesorará en la elaboración del presupuesto según instructivos y cuotas asignadas. A partir de 2000, es un órgano interventor.

4.- Se crearon los Vice Rectorados Académico y Administrativo para diluir las atribuciones autonómicas del Rector en la academia y en la administración de recursos financieros.

5.- Los profesores, estudiantes y egresados que no concurran a las elecciones, y no lo  justifiquen, se sancionarán con suspensiones de salarios, estudios o representaciones.

6.- Todas las Universidades que se crearon a partir de 1970 son Nacionales Experimentales,   regidas  por  un  Decreto  del  Gobierno  Nacional,   quien designa las Autoridades Universitarias y los funcionarios.

LA SEGUNDA ANDANADA CONTRA LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

La masificación que tocó las puertas de la  Universidad   no obedeció   a requerimientos de la economía, del mercado o de cálculos de demanda planificados  por órganos públicos, por lo que se consideró que los fines de la educación  superior  en  cierto  sentido,  seguían     siendo  una  herencia  del régimen cultural oligárquico, ahora justificada   para   la promoción social de distintos grupos nacionales.

Los gobiernos plantearon la creación de un Subsistema de Educación Superior mediante   proyectos   de  Leyes   de  Educación   Superior   para  no  duplicar esfuerzos, el uso eficiente de recursos, la coordinación interinstitucional, para la formación  en los tres niveles de educación superior: técnicos, licenciados y postgraduados  en una organización  regionalizada,  con competencias integradas. No obstante,   los  gobiernos señalan haber encontrado un muro infranqueable  con resistencias  materiales  y simbólicas  relacionadas  con   la noción de autonomía.  Por esta falta de integración del subsector de educación superior,   resultó   un complejo subsector educativo descoordinado    y desorganizado,       conformado en los años 1980 por cinco Universidades Nacionales  Autónomas,  quince  Universidades   Nacionales  Experimentales, doce Universidades    Privadas, diez y nueve Institutos Universitarios Tecnológicos  públicos  y seis Privados;  cinco Institutos  Universitarios Politécnicos públicos y uno Privado, seis Institutos Pedagógicos públicos y uno privado, siete   Colegios Universitarios públicos y seis privados,   Institutos Eclesiásticos      y   Militares.   Todos   los   públicos   entonces      compiten   el presupuesto  fiscal,  la  modernización  de  la planta  física,  la  renovación  del equipo, la dotación de insumos, la formación de personal, salarios y seguridad social, lo que cada vez se hacía más crítico, lesivo de la autonomía universitaria, hasta llegar a una situación rayana con la crisis humanitaria y el cierre de la universidad nacional en estos momentos.

LA TERCERA FORMA DE DISMINUIR LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

Las Universidades estimularon la creación de los gremios universitarios como parte del parasistema universitario. Firmaron Convenciones de Trabajo con las Asociaciones de  Empleados Universitarios, que en un principio integraban a los obreros, que luego constituyeron su sindicato separado y su Convención de Trabajo.  En  el  caso  de  los  profesores,  por  formar  parte  de  la comunidad universitaria,  se creyó conveniente  no firmar Convenciones  de Trabajo sino Resoluciones  del  Consejo  Universitario  que  regulaban  las  condiciones  de trabajo.

Las Asociaciones de Profesores Universitarios adoptaron una estrategia que consistió en hacer hincapié en la solicitud de determinados bonos y beneficios distintos en cada Universidad, que en el curso del cumplimiento de cada convención, solicitaban su homologación, creando dificultades en el manejo de las relaciones laborales con los profesores y   deudas imprevistas. Esto se complementó con el hecho de que las Universidades, por las características de las discusiones  individualizadas  de sus Resoluciones,  no tenían  los mismos salarios,   bonos y beneficios, que en algunos casos resultaban atractivos en algunas instituciones y lograban la migración de profesores universitarios de alto nivel, o que recién regresaban de formación en exterior.

Al mismo tiempo, según el ministro Rafael Hernández Heres debido a la gran masa de instituciones, profesores y trabajadores así como de recursos financieros, recomendó al Presidente Luis Herrera decretar la homologación y la isonomía del personal universitario,  con el añadido de compensaciones por el aumento de la inflación. Esto fue luego adoptado para el caso de empleados y obreros, lo que insensiblemente produjo una lesión a la autonomía administrativa y económica financiera que pasó desapercibida. Esta situación se fue agravando  en la medida que la inflación carcomía los aumentos  del presupuesto universitario que iban preferentemente para pagos de personal, con  una  disminución  progresiva  de  la  adquisición  y  mantenimiento   del patrimonio técnico científico, con tendencia a deteriorarse y convertirse   en chatarra.   En esa ocasión, se logró asignar cuotas fijas del presupuesto para investigación y bibliotecas, lo que no se sostuvo.

LA CUARTA MODALIDAD DE DETERIORO DE LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

La carrera de las políticas públicas en educación superior ha venido ganando terreno en Venezuela mediante:

1.- El planteamiento de la recuperación de costos en las universidades públicas y castigo a los mediocres, que llevará  al fin de la homologación y la isonomía.

2.- El financiamiento fiscal sujeto a compromisos y resultados

3.- Los sistemas de evaluación para mejorar la calidad, la rendición de cuentas y resultados, la trasparencia de la oferta educativa

4.- El fortalecimiento de la educación técnica y tecnológica

5.- La expansión de la oferta privada

6.- El estímulo a la diversidad de perfiles institucionales, tipos de postgrados y ofertas a poblaciones en desventaja.

7.- La reciprocidad y reconocimiento externo para académicos productivos

En este sentido, a principios de 1990, se hizo impostergable hacer atractiva la carrera de investigador,  y se pensó desde el CONICIT que una bonificación meritoria y de acuerdo al nivel de experiencia,   debía ir directamente  a los investigadores productivos en Universidades y Centros de Investigación y Desarrollo. Después de consultas, se estableció el Programa de Promoción al Investigador, que se materializó con la creación de la Fundación Venezolana de Promoción del Investigador. Los investigadores recibían una asignación en efectivo como premio a su trabajo según la categoría de clasificación: Candidato, Nivel I, Nivel II, Nivel III, Emérito. Se exigía un grado de Maestría o Doctorado,  dedicación  completa  a la investigación  en institución  pública  o privada, productividad reciente, publicada en revistas arbitradas. Había otro Programa  de  Estímulo  al  Investigador   –  PEI.  Otro golpe  insensible  a  la autonomía universitaria.

LA QUINTA MODALIDAD DE LESION A LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

Controversias  electorales  sobre los requisitos  para ser Rector  o Decano;  la solicitud sin derecho, de incorporarse al listado de electores por jubilados e instructores  en elecciones  de Decanos;  la distinta  interpretación  sobre  los cómputos de los votos para la elección de Vice Rectores Académico y Administrativo  han terminado  en la Sala Electoral  del Tribunal Supremo de Justicia, con obvia lesión  a la autonomía administrativa.

LA SEXTA Y ULTIMA VIA DE ATROPELLO A LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

La suspensión sine die de las elecciones universitarias por el Tribunal Supremo de Justicia,  la contratación  universitaria  única sin considerar  a las Universidades ni a los gremios universitarios,  la solicitud de autorización a la OPSU para cubrir vacantes universitarias, el pago de la nómina por el sistema patria favorecerá      el control del personal,   sin descuentos ni aportes institucionales que ahogarán   económicamente a los gremios y sus entes previsionales;  el fin de los aportes a los sistemas de salud de profesores  y trabajadores y la imposición del inexistente SISMEU, y para mantenimiento de las plantas físicas y zonas verdes por  Venezuela Bella, cerrarán el capítulo de la autonomía universitaria plena en Venezuela, sin dejar de mencionar la figura ahora puesta en marcha de los Protectores de la Universidad.

El  único  y  último  resquicio     que  aparentemente   ha  sobrevivido     es  la renovación de la dirigencia universitaria por la Universidad, su Ley y Reglamentos, eludido en  espera del cese del gobierno nacional, que será en 2024 y del auxilio de organismos internacionales. La solución es nuestra. Requerimos una dirigencia universitaria joven, que amplíe la autonomía a un criterio autopoyético, de renovación, nuevo entusiasmo, convocatoria y que abandone la autolisis actual. No es la solución definitiva, pero abre caminos.

El Parlamento actual no restablecerá la autonomía plena.  Pocos, ausentes y migrantes somos innecesarios.      Treinta y dos Universidades Nacionales Experimentales   y   Territoriales   satisfacen   las   necesidades   del   gobierno nacional,    y treinta y una Universidades privadas satisfacen las necesidades del sector privado y empresarial. Ojalá  que esto sea sólo mi pesadilla, porque como lo afirmó Manuel Caballero,   con  despertar se termina. Así, no hacen falta sacrificios para salir de esta pesadilla. Se trata entonces sólo de esperar.

Dr. Roberto Rondón Morales

Abril 2021


Fuente de la imagen de fondo: https://www.termometronacional.com/noticias/violacion-de-la-autonomia-universitaria-en-venezuela/


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